Estimados compañeros y compañeras,
Os enviamos un nuevo número del boletín en el que analizamos de manera monográfica las discrepancias en la interpretación, a la hora de clasificar como nulo o improcedente, el despido que incumple el artículo 2 del RD-Ley 9/2020, que prohíbe el despido por las mismas causas que regulan los ERTEs por fuerza mayor o los de causas económicas, técnicas, organizativas o de producción reguladas en el RD-Ley 8/2020, más conocido como “despido Covid”·
Esperamos que sea de vuestro interés y que le deis la máxima difusión posible.
Recibid un cordial saludo.